De acuerdo con
la Resolución Ministerial N° 712-2018-MINEDU, Norma Técnica de
Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2019 en Instituciones
Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica, el inicio del año
escolar está previsto para el 11 de marzo y las vacaciones de medio año para el
periodo comprendido entre el 29 de julio y el 09 de agosto, reiniciando las
labores escolares el 12 dé agosto, a excepción de la EBA, que se programa de
acuerdo con periodos promocionales, y de los CRFA, cuyo periodo vacacional no
debe exceder los 7 días calendarios. Asimismo, la
fecha de fin de año está prevista para el 20 de diciembre. Estas fechas son
flexibles, los Gobiernos Regionales y sus
respectivas DRE y UGEL pueden determinar una fecha de
inicio de clases distinta de la dispuesta en esta norma técnica o flexibilizar
horarios, tomando en cuenta las características geográficas, climatológicas,
económico-productivas y socioculturales de su territorio, siempre que se
garantice el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas para el
año escolar.
En caso se establezca una calendarización distinta a la propuesta
en esta norma, la DRE debe comunicar formalmente al Minedu de manera oportuna.
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